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Corte declara Inexequible la creación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió declarar inexequible, con efectos diferidos, la Ley 1951 del 2019, mediante la cual se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, en remplazo de Colciencias. A pesar de la decisión, esta tendrá efectos diferidos, razón por la cual esa cartera podrá seguir operando hasta junio del año 2023.

La demanda también afirmaba que la ley no regulaba la estructura política del Ministerio, lo cual recayó en el desconocimiento de otras principios de la Constitución. Sin embrago, varias divisiones del Gobierno Nacional como el mismo MinCiencias, la Procuraduría y la Secretaría Jurídica de Presidencia habían solicitado que se mantuviese firme la consolidación del órgano.

El Alto Tribunal ratificó su decisión al afirmar que la norma que permitió la creación de este Ministerio es inexequible, al igual que las que hacen parte del Plan Nacional de Desarrollo. El alto tribunal afirmó que estas normas son inconstitucionales y vulneraron el artículo 150 de la Constitución Política.

Dicho artículo establece que el Congreso de la República tiene la función de determinar la estructura de los organismos que componen la administración funcional, además de crear, suprimir y fusionar ministerios y departamentos administrativos.

Para la Corte, el fallo con relación a la creación del Ministerio de Ciencia se dio cuando se incumplió la ley 1951 de 2019, pues la regulación no podría darse por medio del Plan Nacional de Desarrollo, ya que esta normatividad no tiene el permiso para determinar la estructura de la administración pública.

El Congreso tiene plazo hasta el 20 de junio del 2023 para tramitar una nueva ley que no incurra en los defectos de la actual.

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